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viernes, 4 de mayo de 2012


TEXTO DE LA CONSTITUCION FRANCMASONICA DE 1523, ESTABLECIDA EN LA ASAMBLEA DE MASONES DE PARIS EN ESE AÑO.


En algunos de nuestros artículos hemos tratado de cimentar la idea de una “bisagra” ocurrida en nuestra historia, mediante la cual intereses espurios, monárquicos, reaccionarios y retardatarios, ocasionaron a la masonería graves daños que hoy mismo padecemos los masones y padece la Orden a la que pertenecemos. Las sombras y los velos que se han tendido sobre la Historia que estamos comentando, se van descorriendo lentamente. Los QQ:.HH:. -que a pesar de tiempos de mediocridad, infamias y fundamentalismos destructivos que pretenden seguir sometiendo al Hombre a sus designios-, se abocan hoy decididamente a la investigación y el estudio y merced a ello es que poco a poco van conociendo aspectos esenciales de la Historia francmasónica.

No cabe duda alguna que entre los documentos antiguos de la masonería, muchos de los cuales no fueron tomados en cuenta -o considerados como desaparecidos”-, en tiempos de las Constituciones de Anderson, se encuentra el que conocemos como el de los «Principios básicos constitutivos de la Francmasonería Universal, aprobados en la asamblea general de los Francmasones que se reunió en París en el año de 1523».

Cuatro años después de la muerte de Leonardo,”…estos principios básicos de organización y fines ideológicos fueron formulados y aprobados como Constitución de la Francmasonería Progresista Universal, en una Asamblea General de los francmasones franceses. (que se llevó a cabo en Paris en 1523) Esta Constitución de la primitiva Francmasonería, fue formulada, entonces, dos siglos antes de la denominada por Espadas y Aguilar “seudo masonería inglesa de Anderson”, (…que los queridos hermanos masones debieran mensurar y comparar con la actual Constitución proveniente de la de Anderson y Desaguliers, teniendo muy en cuenta que dicha Asamblea lo fue de “Maestros masones” repr3sentándose a sí mismos…) y que postulaba lo siguiente:

 De la Logia Francmasónica y sus miembros:

 1. Siete o más Francmasones, debidamente capacitados, reunidos bajo la bóveda celeste a cubierto de la indiscreción profana, para discutir y resolver libremente, por mayoría de votos, los asuntos que les interesen colectivamente, forman una Logia Francmasónica, similar a las de la Masonería operativa.


2. Los trabajos en Logia se verifican durante las horas libres de ocupación de los reunidos, y de preferencia entre el medio día y la media noche, bajo la dirección de un Maestro Aprobado (Presidente y dos Celadores, también Aprobados (vicepresidentes). Las reuniones se efectúan ante los útiles de trabajo conocidos, colocados en el Ara del Medio en la forma acostumbrada, estando resguardada la entrada al recinto de la reunión por un Guardián seguro y resuelto y un Experto retejador de los visitantes. Todos los que desempeñan cargos son elegidos por mayoría de votos de los Franc-masones reunidos, sea para una Asamblea o para un período determinado por ellos.


3. Los Francmasones reunidos en Logia, de acuerdo con las reglas y costumbres conocidas desde tiempos muy antiguos, pueden, previa averiguación respecto a los candidatos, iniciar a los profanos en los Misterios (Secretos) de la Francmasonería y examinar a los Aprendices y Compañeros para elevarlos a los grados de capacitación superiores inmediatos, tomando de ellos la promesa de fidelidad en la forma acostumbrada, ante los útiles simbólicos del Trabajo y de Ciencia y comunicándoles los signos, los toques y las palabras secretas de reconocimiento y de socorro, universales entre los francmasones.


 4. Es costumbre antigua, firme e inviolable, no admitir como francmasones a sus enemigos naturales que son: los clérigos de las religiones, los poseedores de títulos y privilegios de las castas de la nobleza y los hombres que tienen convicciones contrarias a los principios básicos de la Francmasonería, salvo en los casos de rebeldía de éstos contra la ideología de los grupos mencionados.


  5. No se admiten como Francmasones los esclavos, los menores de edad y los incapacitados física y mentalmente.


6. Unión, Solidaridad y Cooperación son los principios de la organización interna de la Francmasonería Universal. (U:.S:.C:.)


7. La inclinación al estudio y trabajo, la vida y costumbres sanas y normales, el comportamiento decoroso, el trato fraternal entre los asociados a la Francmasonería, la preocupación constante por el progreso y bienestar del género humano y su propia perfección, son distintivos de un buen Francmasón.


8. Para poseer los derechos completos del Francmasón dentro de las agrupaciones y dentro el pueblo masónico en general, es indispensable e imprescindible escalar los tres grados de capacitación de Aprendiz, de Compañero y de Maestro, y conocer en esencia la Leyenda no alterada de la Masonería Antigua, respecto la Construcción del Templo de Salomón; contribuir económicamente para el sostenimiento de sus agrupaciones; asistir regularmente a los trabajos de Logia; Preocuparse por los her-manos enfermos, perseguidos o caídos en desgracia y por sus familiares; ayudar a los hermanos viajeros y no abusar de la confianza de nadie.

 9. Son derechos esenciales de un Francmasón: a) voz y voto en Logia y en la Asamblea General (Gran Logia) de los Maestros Masones; b) elegir y ser elegido para todos los cargos dentro de sus agrupaciones; c) pedir la revisión de los acuerdos tomados en Logia ante la Asamblea General de los Maestros Masones; d) exigir en Logia la responsabilidad de los elegidos en el desempeño de sus cargos; e) pedir justicia francmasónica en casos de conflictos entre los asociados a las Logias afines; f) formar triángulos y estrella para trabajar masònicamente en los lugares donde no es posible reunirse en Logia por causas de fuerza mayor; g) disfrutar de socorro, ayuda y protección mutua entre los Francmasones; h) visitar a las Logias ideológicamente afines y ocupar los puestos correspondientes a su grado de capacitación, previa identificación de su calidad de Francmasón en forma acostumbrada y segura, e i) pedir el Certificado de Retiro de la Logia sin explicación de causas, estando en pleno goce de sus derechos.

   Son deberes primordiales de los Francmasones, pugnar:

 10. Por el reconocimiento del principio de la separación de la filosofía de la teología.

11. Por la libertad de pensamiento y de investigación científica.

12. Por la aplicación del método científico experimental en la filosofía.

13. Por el intercambio de los conocimientos y de las prácticas entre los hombres para el bien propio y de la humanidad.14. Por la libertad de conciencia religiosa y la prohibición absoluta a los clérigos de las religiones de inmiscuirse en los asuntos políticos.

15. Por la abolición de los privilegios de las castas de la nobleza y del clero.

16. Por la prohibición de emplear a los esclavos en los oficios de los hombres libres.

17. Por los derechos de los pueblos de gobernarse libremente, según sus leyes y costumbres.

18. Por la abolición de los Tribunales especiales de justicia del clero y de las castas de la nobleza, y el establecimiento de los Tribunales comunes, de acuerdo con las costumbres y leyes de los pueblos.

Otras disposiciones Constitucionales:

19. Toda Logia Francmasónica es soberana, no puede inmiscuirse en los asuntos internos de otras Logias, ni elevar a grados de capacitación superiores a los aprendices y compañeros afiliados a otras Logias sin su consentimiento o la solicitud de ellas.

20. Un pacto entre las Logias significa la Cooperación y no la renuncia total o de parte de su soberanía.

21. Siete o más Logias Francmasónicas de un territorio determinado pueden formar un Federación (Gran Logia) y tres o más Federaciones pueden unirse en una Confederación.

22. Para conservar intactos los principios de Unión, Solidaridad y Cooperación no es recomendable la formación de dos Federaciones o Confederaciones sobre el mismo territorio.

23. La Asamblea General de los Maestros Masones es la autoridad Suprema del territorio de una Federación, dicta las leyes, nombra y controla su Gobierno Federal y elige a los representantes que forman parte de la Asamblea de la Confederación.

24. Todo Francmasón capacitado, electo para un cargo o representación, es res-ponsable ante sus electores y puede ser destituido por ellos en cualquier momento.

25. Entre los Francmasones y sus asociaciones no pueden existir diferencias basadas en la distinción de razas, color o nacionalidad.

26. Los principios de Universalidad, Cosmopolitismo, Libertad (no esclavitud), Igualdad (ante las posibilidades) y Fraternidad (como base de relaciones entre los hombres) son las metas de la Francmasonería.

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